Te damos la bienvenida a este espacio creado por UPN.
Aquí nuestra comunidad podrá conocer más sobre el reglamento, los canales de denuncia y mecanismos de protección contra el hostigamiento sexual en la comunidad universitaria.
- Visualiza un video sobre UPN contra el hostigamiento sexual.
- Conoce el reglamento para la prevención e intervención en casos de hostigamiento sexual – UPN, aquí.
- Descarga el formato de denuncias, aquí.
Infórmate sobre el tema y actúa
¿Qué es el Hostigamiento Sexual según la UPN?
Es una forma de violencia que se manifiesta a través de conductas de naturaleza sexual o sexista no deseadas por la persona contra la que se dirige.
- El/la presunto (a) hostigador(a) ofrece beneficios o un trato especial a la víctima a cambio de favores sexuales.
- Amenazas a la víctima.
- Uso de términos sexuales, proposiciones, gestos obscenos o la exhibición de imágenes de contenido sexual que resulten humillantes u ofensivas para la víctima.
- Acercamientos corporales, roces, tocamientos u otras conductas físicas de naturaleza sexual.
- Conducta ofensiva u hostil a la víctima por el rechazo de estas conductas.
¿Cómo realizo una denuncia de hostigamiento sexual?
- Toda denuncia debe ser presentada al canal oficial a través del correo electrónico [email protected], adjuntando el formato de denuncias que puedes descargar, aquí.
- En caso la denuncia sea recibida por alguna autoridad académica, esta pondrá en conocimiento de la misma a la Secretaría de Instrucción para casos de hostigamiento sexual.
¿Qué medidas de protección recibe una víctima de Hostigamiento Sexual?
- Rotación, cambio del lugar o suspensión del denunciado.
- Rotación o cambio de lugar del denunciante (a solicitud).
- Orden de impedimento de acercamiento a la persona denunciante o a su entorno familiar (solicitud al órgano competente).
- Otras medidas que busquen proteger al/la denunciante.
¿A quién se comunican las sanciones?
- Según nuestro reglamento y la normativa vigente, la sanción será informada a SUNEDU.
- Desde la UPN reportamos semestralmente la relación de denuncias recibidas, las medidas adoptadas y el estado de los procedimientos.
RECUERDA: las denuncias de nuestra comunidad universitaria son importantes. De verificar un presunto delito será comunicado al Ministerio Público.
¿Cuáles son los órganos responsables del procedimiento disciplinario?
Lo conforman:
- Secretaría de Instrucción
- Comisión Disciplinaria
- Tribunal Disciplinario
La Secretaría de Instrucción es la encargada de investigar, recopilar pruebas e instruir el procedimiento.
¿Qué rol cumple la secretaría de instrucción?
- Recibe la denuncia presentada por parte de la víctima e inicia las investigaciones.
- Otorga al/la denunciante las medidas de protección que correspondan.
- Emite un Informe Final que luego será revisado por la Comisión Disciplinaria.
- Dispone acciones de atención psicológica a la víctima en caso sea necesario.
¿Qué rol cumple la comisión disciplinaria?
- Recibe el Informe Final de instrucción.
- Revisa los descargos presentados al Informe de instrucción.
- Emite la resolución final.
¿Cuáles son las funciones del Tribunal Disciplinario?
- Recibe las apelaciones presentadas ante la Comisión Disciplinaria.
- Emite resolución final como última instancia.
Actualizado: 12 de febrero del 2026